SIN JUSTICIA, EL EJERCICIO DEL DERECHO PIERDE FUERZA

ROMERO LAURA

Resumen


SIN JUSTICIA, EL MERO EJERCICIO DEL DERECHO PIERDE FUERZA. EN CONTRASTE, SI CONSIDERA UN ELEMENTO COMÚN A TODOS, QUE ES LA DIGNIDAD DE LOS INDIVIDUOS, ENTONCES CONFIRMA SU RAZÓN, AFIRMÓ FRANCO AVICOLLI, PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN CULTURAL ÖTACA Y VICEPRESIDENTE DEL CENTRO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS MULTIDISCIPLINARIOS ITALIA-MÉXICO, SC. DURANTE LA CONFERENCIA JUSTICIA Y DERECHO, EL EXPERTO ITALIANO CONSIDERÓ QUE EL NIVEL DE CIVILIZACIÓN DE UNA SOCIEDAD ESTÁ RELACIONADO CON SU MANERA DE TRATAR A LOS DÉBILES: NIÑOS, ANCIANOS, ENFERMOS, POBRES, MIGRANTES O PRESOS, "UNA MUCHEDUMBRE INFINITA". EN EL ACTO, EL DOCTOR EN LENGUAS Y LITERATURA SE REFIRIÓ A DOS DE ESAS CATEGORÍAS: MIGRANTES Y PRESOS. DE LA PRIMERA, DIJO QUE SE ESTIMA QUE ENTRE 30 Y 50 MILLONES DE PERSONAS SE DESPLAZAN ANUALMENTE EN EL MUNDO. CADA UNA LLEVA CONSIGO CONOCIMIENTOS, LENGUA, CREENCIAS Y ESPERANZAS. SIN EMBARGO, SE PREGUNTÓ: ¨DÓNDE ESTÁ LA LEGISLACIÓN QUE HAGA REFERENCIA AL MIGRANTE? ¨EN CUÁL PAÍS DEL MUNDO HAY UNA LEY O JURISPRUDENCIA QUE LO CONSIDERE UNA FIGURA JURÍDICA? ¨O DÓNDE HAY UN TRIBUNAL? EN EL CICLO CONMEMORATIVO DEL SEGUNDO ANIVERSARIO DEL CENTRO INTERNACIONAL DE ESTUDIOS MULTIDISCIPLINARIOS ITALIA-MÉXICO, SC, ORGANIZADO EN LA UNAM, AVICOLLI EXPLICÓ QUE EL MIGRANTE CARECE DE LA FUENTE DE TODOS LOS DERECHOS, QUE ES LA CIUDADANÍA. AL NO TENER ESA CONDICIÓN, LE FALTAN TODOS LOS DEMÁS. OTRO CASO EVIDENTE ES EL DE LOS PRESOS, MUCHOS DE ELLOS, ADEMÁS, MIGRANTES. SU SITUACIÓN ES LA DE UN INDIVIDUO AL CUAL SE LE HA PRIVADO DE LIBERTAD, POR HABER COMETIDO UN DELITO QUE APUNTABA A LA ELIMINACIÓN DE LA LIBERTAD DE OTROS. AUNQUE, ACLARÓ, SIENTE EL PESO DE ESA PRIVACIÓN SÓLO SI ENTIENDE EL SIGNIFICADO DE ESE DERECHO, "FUERZA QUE PERMITE A LOS INDIVIDUOS CONSTRUIR SU PROPIO DESTINO". EN SU OPORTUNIDAD, EL MAGISTRADO HUMBERTO VENANCIO PINEDA, DEL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, DIJO QUE LA JUSTICIA ES UN IDEAL DESDE PLATÓN Y AUN ANTES. SIN EMBARGO, HISTÓRICAMENTE ESA IDEALIDAD HA SIDO INSUFICIENTE EN LA MEDIDA QUE DEBE CORRESPONDER A UN SENTIDO CONCRETO, DONDE A PARTIR DE LA ACCIÓN HUMANA ATERRICE Y ESTABLEZCA ESA ASPIRACIÓN. Y ES EL DÉBIL QUIEN HISTÓRICAMENTE ESTÁ FUERA DE ESE ÁMBITO DE PROTECCIÓN; ES EL DEPENDIENTE Y FUERA DE TODA POSIBILIDAD DE DECIDIR SU FUTURO. EL PRINCIPIO DE DIGNIDAD ES UN PARÁMETRO DE INTERPRETACIÓN DE LA CONSTITUCIONALIDAD, UN ENUNCIADO A NIVEL NORMATIVO NOVEDOSO, EL CUAL LA GRAN MAYORÍA DE LAS CONSTITUCIONES, SOBRE TODO EUROPEAS, YA CONTIENEN DESDE HACE MUCHO TIEMPO. TAL CUALIDAD DEL SER HUMANO ES FUNDAMENTAL EN LA APLICACIÓN DEL DERECHO. LA SOLUCIÓN DE UN CONFLICTO JURÍDICO DE CUALQUIER NATURALEZA DEBE ATENDER LA POSICIÓN DE LOS SUJETOS INVOLUCRADOS. Y NUESTRA SOCIEDAD SE ABRE A ESAS POSIBILIDADES, CONCLUYÓ VENANCIO PINEDA.

Palabras clave


CICLO, CONFERENCIAS, CONMEMORATIVO, SEGUNDO ANIVERSARIO, CENTRO INTERNACIONAL ESTUDIOS MULTIDISCIPLINARIOS ITALIA MÉXICO, SOCIEDAD CIVIL, CONFERENCIA, JUSTICIA DERECHO, FRANCO AVICOLLI, PRESIDENTE, ASOCIACIÓN CULTURAL, ÖTACA, VICEPRESIDENTE, MAGISTRADO, HUMBERTO VENANCIO PINEDA, TERCER TRIBUNAL COLEGIADO, PODER JUDICIAL FEDERACIÓN

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